El Fiscal General del Estado, Juan Lanchipa Ponce, aclaró hoy que de acuerdo a la Ley Nº 260 la función del Ministerio Público es realizar investigaciones de hechos delictivos de denuncias, por lo tanto, no se encarga de actividades preventivas y tampoco dispone sobre la libertad o no de las personas que es tuición de la autoridad judicial. Esta aseveración realizó la autoridad respecto a los controles de combustible y personas que fueron liberadas por el tema de incendios.
“Nosotros no disponemos la libertad de ninguna persona procesada, la autoridad que dispone la libertad es la autoridad judicial. En el caso de estos incendios ha sido la autoridad judicial quien ha dispuesto la libertad”, dijo Lanchipa a la consulta de periodistas respecto a las personas que fueron liberadas en casos de incendios forestales.
Respecto a los controles de venta de combustible, expresó que, “el Ministerio Público no lleva acciones preventivas, para eso existen otras instancias que llevan adelante esta labor como la Aduana Nacional o la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Nosotros vamos a llevar adelante las acciones que establece la Constitución Política del Estado y la Ley del Ministerio Público cuando se presenten las denuncias o cuando se presente el informe policial correspondiente”, manifestó Lanchipa.
De acuerdo con la Ley N.º 260 (Ley Orgánica del Ministerio Público), las funciones del Ministerio Público están claramente definidas y establecidas para garantizar la justicia y el orden legal en el país. La Ley establece que el Ministerio Público tiene la responsabilidad de dirigir la investigación de los delitos, supervisando el cumplimiento de la Ley y el respeto a los derechos humanos durante el proceso investigativo