Difundir encuestas ilegales puede ser sancionado con tres años de prisión
Los partidos políticos, candidatos, medios de comunicación o empresas que difundan encuestas fuera de norma electoral pueden ser sancionados con tres años de cárcel, según establece la Ley 026 de Régimen Electoral.
El artículo 238 de la Ley de Régimen Electoral constituye como un delito electoral la inducción del voto por propaganda y estudios de opinión.
“La persona que induzca al voto mediante la elaboración, promoción, contratación (...) difusión de propaganda electoral o estudios de opinión en materia electoral, en contravención a las disposiciones y prohibiciones establecidas en la presente ley será sancionada con pena privativa de libertad de uno (1) a tres (3) años”, establece la norma.
En caso de que fuera servidor público, “además quedará inhabilitado para el ejercici...